Estados Unidos quiere intensificar su lucha contra el denominado «turismo de nacimiento», o birth tourism, práctica que consiste en viajar al país con el propósito de dar a luz allí.
El 6 de agosto de 2026, el presidente Donald Trump firmó dos órdenes ejecutivas relacionadas con esta cuestión. La primera aborda el reconocimiento de la ciudadanía estadounidense en determinadas circunstancias, mientras que la segunda afecta directamente a las condiciones de entrada en Estados Unidos. La Casa Blanca presenta ambas medidas como parte de una estrategia destinada a poner fin al birth tourism.
Para los viajeros, el cambio más relevante afecta a las competencias atribuidas al Departamento de Estado y al Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Ambos organismos deberán adaptar sus normas e instrucciones para impedir que se utilicen visados de no inmigrante con el objetivo de viajar a Estados Unidos para dar a luz.
Denegación de visados, revocaciones y prohibiciones de entrada
La orden ejecutiva dedicada al birth tourism contempla varias medidas que las autoridades estadounidenses podrán adoptar.
El Departamento de Estado y el DHS podrán, entre otras cosas, impedir la entrada en Estados Unidos o denegar un visado u otra autorización de viaje a una persona cuando existan sospechas de que pretende desplazarse al país con ese propósito.
El texto también prevé consecuencias más severas, como la revocación de un visado o una autorización de viaje ya concedidos, la denegación de entrada o la expulsión del territorio, e incluso una prohibición permanente de entrar en Estados Unidos. Las medidas también podrán dirigirse contra personas, empresas u organizaciones que faciliten este tipo de viajes, aunque operen desde el extranjero.
No obstante, podrán concederse excepciones por razones humanitarias o cuando la entrada de la persona se considere de interés nacional para Estados Unidos.
El «turismo de nacimiento» ya está prohibido con un visado de visitante
La decisión del 6 de agosto no significa que Estados Unidos acabe de prohibir por primera vez el uso de un visado turístico con el objetivo de obtener la ciudadanía estadounidense para un hijo.
Desde el 24 de enero de 2020, los funcionarios consulares estadounidenses deben denegar un visado de visitante B cuando tengan motivos para considerar que el objetivo principal del viaje es dar a luz en Estados Unidos para que el niño obtenga la ciudadanía estadounidense.
El Departamento de Estado sigue recordando que el birth tourism, definido como un viaje cuyo objetivo principal es dar a luz en Estados Unidos para obtener la ciudadanía estadounidense para el hijo, no constituye un motivo autorizado para obtener un visado de visitante. Los viajes a Estados Unidos para recibir tratamiento médico sí continúan estando contemplados entre los posibles usos del visado B-2, siempre que se pueda justificar, entre otros aspectos, la atención médica prevista y su financiación.
La nueva orden ejecutiva va por tanto más allá del marco establecido en 2020, al contemplar no solo la denegación del visado, sino también su revocación y una posible prohibición permanente de entrada.
¿Podría afectar también al ESTA?
El texto presidencial se refiere a las personas que entran en Estados Unidos con un visado de no inmigrante, pero también permite denegar o revocar «cualquier visado u otra autorización de viaje».
Esta formulación plantea inevitablemente la cuestión del ESTA, utilizado por los viajeros que se benefician del Visa Waiver Program. Sin embargo, la orden ejecutiva no menciona expresamente el ESTA y define el birth tourism haciendo referencia a la entrada en Estados Unidos con un visado de no inmigrante.
Por tanto, todavía es pronto para afirmar que ya se aplican nuevas normas específicas a los viajeros que utilizan un ESTA. Las próximas instrucciones del DHS y del Departamento de Estado deberán aclarar el alcance exacto de esta medida.
Una segunda orden ejecutiva también afecta a la ciudadanía por nacimiento
Paralelamente, Donald Trump firmó una segunda orden ejecutiva que aborda directamente el reconocimiento de la ciudadanía estadounidense.
El texto establece, entre otras disposiciones, que las agencias federales no reconocerán la ciudadanía de un niño cuando ninguno de sus progenitores sea ciudadano estadounidense y los padres hayan realizado una transacción comercial destinada a permitir que la madre se encuentre en Estados Unidos para dar a luz. También contempla determinadas situaciones relacionadas con una madre gestante presente en territorio estadounidense.
La Casa Blanca vincula expresamente esta medida a su voluntad de combatir el «turismo de nacimiento». Las agencias federales afectadas deberán publicar, en un plazo de 30 días desde la orden del 6 de agosto, instrucciones públicas sobre la aplicación de este apartado.
En lo referente a los visados y a las condiciones de entrada, no se ha establecido un calendario tan preciso. Por ello, se esperan nuevas instrucciones del Departamento de Estado y del DHS para determinar cómo se aplicarán las posibilidades de revocación, las prohibiciones permanentes de entrada y, eventualmente, las disposiciones relacionadas con otras autorizaciones de viaje.
El enfoque de VisasNews
Estados Unidos ya denegaba desde 2020 los visados de visitante cuando el objetivo principal del viaje era dar a luz para obtener la ciudadanía estadounidense para el hijo. La orden ejecutiva del 6 de agosto de 2026 abre sobre todo la puerta a consecuencias mucho más severas, incluida la revocación de un visado o una autorización de viaje y una posible prohibición permanente de entrada. Sin embargo, todavía quedan por aclarar aspectos esenciales de su aplicación, especialmente en lo relativo al ESTA y a los viajes vinculados a un embarazo por motivos médicos.

