Kenia ofrece hoy nuevas precisiones sobre el seguro médico de viaje obligatorio que está previsto que se convierta en un requisito de entrada para los visitantes extranjeros.
En un comunicado aclaratorio publicado este 7 de agosto de 2026 sobre la Gazette Notice No. 11492 del 30 de julio de 2026, el Ministerio de Sanidad de Kenia confirma que los viajeros podrán utilizar un seguro contratado en su país de origen, siempre que cumpla los niveles de cobertura establecidos por las autoridades kenianas.
En el caso de los viajeros sujetos a la autorización electrónica de viaje (ETA), el justificante de este seguro deberá adjuntarse directamente a la solicitud antes de la salida.
El comunicado, firmado por el ministro de Sanidad, Aden Duale, también precisa el papel que desempeñarán los servicios de inmigración en el control de este nuevo requisito.
Un seguro médico obligatorio para los visitantes extranjeros
La obligación de disponer de un seguro médico no nace únicamente de la publicación del 30 de julio de 2026.
Está recogida en la Social Health Insurance Act de 2023, cuyo artículo 26 establece que toda persona no keniana que pretenda entrar y permanecer en Kenia durante menos de doce meses debe disponer de un seguro médico de viaje en las condiciones que determine el ministro de Sanidad.
Las Social Health Insurance Regulations de 2024 también especifican que toda persona que entre en Kenia debe contar con esta cobertura y que, si fuera necesario, podrá contratarla en el punto de entrada.
El Gobierno lleva varios meses trabajando en la puesta en marcha del sistema. En mayo de 2025, los ministerios de Sanidad e Inmigración ya habían iniciado conversaciones sobre la forma de comprobar el seguro de los visitantes extranjeros.
La Gazette Notice No. 11492, publicada el 30 de julio de 2026, ha establecido ahora los niveles de cobertura aplicables.
Una cobertura mínima total de 50.000 dólares
El sistema contempla una cobertura acumulada de al menos 50.000 dólares estadounidenses.
El marco administrativo publicado por el Ministerio de Sanidad detalla varias coberturas mínimas:
- 20.000 $ para gastos médicos;
- 25.000 $ para transporte médico de urgencia;
- 5.000 $ para la repatriación de restos mortales en caso de fallecimiento;
- 1.000 $ para atención relacionada con la salud mental;
- 300 $ para medicamentos con receta.
El ministerio señala que las aseguradoras podrán, naturalmente, ofrecer coberturas adicionales.
Estas cantidades corresponden, por tanto, a límites mínimos de cobertura y no al precio que el viajero deberá pagar por el seguro.
Se podrá utilizar un seguro contratado en el extranjero
Esta es una de las principales aclaraciones incluidas en el comunicado publicado hoy.
A diferencia de Zanzíbar, Kenia no obligará sistemáticamente a los visitantes extranjeros a contratar una nueva póliza con una aseguradora keniana.
El Ministerio de Sanidad indica que un viajero que ya disponga de un seguro médico de viaje contratado en su país de origen podrá utilizarlo siempre que la póliza cumpla los niveles de cobertura establecidos en la Gazette Notice No. 11492.
Por tanto, el viajero deberá comprobar que su seguro cubre suficientemente cada uno de los riesgos exigidos por las autoridades kenianas, y no limitarse a verificar que el límite global sea igual o superior a 50.000 dólares.
Esta aclaración es especialmente importante para quienes ya disponen de un seguro de viaje anual, de una cobertura asociada a una tarjeta bancaria o de cualquier otra póliza internacional. Tener un seguro vigente no exime de comprobar que cumple las garantías específicas exigidas por Kenia.
El justificante del seguro deberá cargarse en la ETA
Para los viajeros que deban obtener una autorización electrónica de viaje (ETA), la comprobación se realizará antes de la salida.
El ministerio indica que los solicitantes deberán aportar un justificante de seguro médico de viaje válido como parte de su solicitud de ETA, para que pueda ser verificado antes del viaje.
El Departamento de Servicios de Inmigración será el encargado de aplicar esta obligación a través del sistema ETA y de comprobar su cumplimiento en los puntos de entrada al país.
El seguro se convertirá así en un documento directamente vinculado a la autorización electrónica de viaje, al igual que los demás justificantes que actualmente se solicitan durante el procedimiento.
Por el momento, el portal oficial de la ETA, etakenya.go.ke, todavía no incluye el seguro de viaje entre los documentos que deben prepararse. Actualmente menciona, entre otros, el pasaporte, una fotografía, los datos de contacto del viajero, el itinerario y los justificantes de alojamiento.
El comunicado tampoco precisa a partir de qué fecha se activará efectivamente la carga del justificante del seguro en el formulario de la ETA.
¿Qué ocurrirá con los viajeros exentos de la ETA?
El alcance de la obligación de disponer de seguro es más amplio que el de la propia ETA.
El Ministerio de Sanidad se refiere a todos los no kenianos que entren en el país para una estancia inferior a doce meses, mientras que varias categorías de viajeros y los ciudadanos de determinados países están actualmente exentos de la autorización electrónica de viaje. El portal oficial de Kenia detalla estas exenciones.
El comunicado señala que los servicios de inmigración también comprobarán el seguro en los puntos de entrada, pero todavía no detalla qué procedimiento se aplicará a los viajeros exentos de la ETA.
Por tanto, estos viajeros también estarán sujetos a la obligación de disponer de seguro, aunque aún quedan por concretar las modalidades para presentar previamente el justificante de cobertura.
También se podrá contratar un seguro al llegar a Kenia
El ministerio contempla asimismo una solución para quienes lleguen a Kenia sin haber contratado previamente el seguro exigido.
Se podrá obtener una póliza que cumpla los requisitos en el punto de entrada a través de una aseguradora autorizada conforme a la Insurance Act y habilitada para ofrecer esta cobertura.
Los servicios de inmigración deberán comprobar entonces la póliza antes de autorizar la entrada del viajero en territorio keniano.
Esta posibilidad ya está contemplada en el artículo 70(3) de las Social Health Insurance Regulations, 2024.
El enfoque de VisasNews
La aclaración del Ministerio de Sanidad de Kenia confirma un aspecto esencial: los viajeros no estarán obligados a contratar sistemáticamente un seguro en Kenia. Podrán utilizar una cobertura contratada en su país de origen siempre que cumpla las garantías exigidas. No obstante, quienes estén sujetos a la ETA deberán cargar el justificante para que pueda ser verificado antes de la salida. Las autoridades todavía no han anunciado cuándo se incorporará efectivamente este nuevo paso al procedimiento de solicitud de la ETA.




