A partir de noviembre, quienes viajen a Estados Unidos deberán cumplir un nuevo requisito antes de embarcar.
Mediante una orden firmada el 22 de octubre de 2026, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) han establecido la obligatoriedad de presentar una declaración sanitaria para todos los pasajeros que lleguen al país en vuelos internacionales.
Las autoridades estadounidenses también han publicado una página informativa en la que explican cómo se aplicará este nuevo requisito.
La medida tiene como objetivo reforzar la prevención ante el brote de ébola que afecta actualmente a la República Democrática del Congo (RDC).
Una declaración obligatoria para todos los viajeros, aunque nunca hayan estado en África
El nuevo requisito se aplicará a todas las personas que embarquen en un vuelo internacional con destino a Estados Unidos, tanto a ciudadanos estadounidenses como a extranjeros.
Por tanto, los pasajeros procedentes de España, México, Argentina, Colombia o cualquier otro país también estarán sujetos a esta obligación, aunque nunca hayan viajado a la República Democrática del Congo.
La medida afectará igualmente a quienes únicamente hagan escala en un aeropuerto estadounidense para continuar su viaje hacia otro destino.
Cada pasajero deberá confirmar que no ha estado en la RDC durante los 21 días anteriores al embarque.
Las autoridades estadounidenses aclaran que se considera presencia en el país tanto una estancia como una escala en un aeropuerto congoleño, incluso cuando el viajero haya permanecido a bordo del avión o dentro de la zona de tránsito.
En cambio, sobrevolar el territorio de la RDC sin realizar ninguna escala no se considera haber estado en el país.
¿Cómo cumplimentar la nueva declaración sanitaria para viajar a Estados Unidos?
Los CDC han publicado el formulario oficial de declaración sanitaria, denominado Passenger Disclosure and Attestation to the United States of America.
En este documento, el pasajero debe certificar que no ha permanecido en la RDC ni ha hecho escala en el país durante los 21 días previos a su vuelo hacia Estados Unidos.
La declaración podrá presentarse en papel o en formato digital, con firma manuscrita o electrónica.
Las autoridades estadounidenses recomiendan a las compañías aéreas que incorporen este trámite a sus procesos de facturación en línea para facilitar su cumplimiento. Por tanto, el procedimiento concreto dependerá de las opciones habilitadas por cada aerolínea.
Será necesario presentar una declaración individual por cada pasajero. En el caso de los menores de 18 años, uno de sus progenitores u otra persona autorizada podrá cumplimentar y firmar el documento en su nombre.
Las compañías aéreas deberán denegar el embarque a quienes no presenten la declaración debidamente cumplimentada y firmada. Además, estarán obligadas a conservar una copia durante al menos 42 días tras la llegada del vuelo a Estados Unidos..
Una medida relacionada con el brote de ébola en la RDC
Esta nueva exigencia forma parte de las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades estadounidenses ante la propagación del virus del ébola de la variante Bundibugyo en África central.
Desde mayo de 2026, Estados Unidos ya aplica restricciones de entrada a determinadas categorías de viajeros que hayan estado recientemente en la RDC, Uganda o Sudán del Sur.
Estas disposiciones se han endurecido progresivamente en los últimos meses, especialmente para las personas que han viajado a la RDC.
Según explican los CDC, los viajeros que hayan estado en la RDC durante los 21 días anteriores a su vuelo, incluidos los ciudadanos estadounidenses, no pueden embarcar en vuelos comerciales con destino a Estados Unidos.
Con la nueva declaración, las autoridades pretenden comprobar sistemáticamente los desplazamientos recientes de todos los pasajeros, y no únicamente de aquellos cuyos itinerarios reflejen un paso reciente por los países afectados.
La obligación entrará en vigor el 3 de noviembre y estará prevista hasta el 18 de diciembre de 2026
Según la orden de los CDC, el nuevo requisito comenzará a aplicarse el 3 de noviembre de 2026 a las 23:59, hora del este de Estados Unidos, lo que equivale a las 5:59 del 4 de noviembre en la España peninsular.
La obligación afectará a los vuelos con destino a Estados Unidos que despeguen a partir de ese momento.
Está previsto que la medida permanezca vigente hasta el 18 de diciembre de 2026 como máximo, salvo que las autoridades sanitarias estadounidenses decidan modificarla, retirarla antes de esa fecha o prorrogarla en función de la evolución del brote.
Los CDC podrán conceder excepciones específicas, especialmente en determinados casos de evacuación médica urgente o por razones humanitarias.
Esta declaración sanitaria se añadirá a los requisitos de entrada habituales, como la autorización electrónica de viaje ESTA o el visado estadounidense, cuando sean necesarios.
El enfoque de VisasNews
La nueva declaración sanitaria estadounidense no implica que todos los viajeros deban someterse a un reconocimiento médico o realizarse una prueba de detección del ébola. Se trata de un documento en el que cada pasajero declara los países en los que ha estado durante los 21 días anteriores al viaje.
Incluso quienes nunca hayan visitado la República Democrática del Congo deberán cumplir este trámite antes de embarcar hacia Estados Unidos. Por ello, es importante consultar las instrucciones de la compañía aérea, que podrá ofrecer la posibilidad de presentar la declaración digitalmente durante la facturación.







