La República Dominicana vuelve a ampliar su medida destinada a facilitar la entrada de turistas.
Según la Dirección General de Migración (DGM), los viajeros de varios países podrán seguir entrando en territorio dominicano con un pasaporte válido únicamente durante la duración de su estancia, sin obligación de contar con seis meses de vigencia adicional.
Esta prórroga, enmarcada en el memorando que da continuidad a la Resolución DGM-01-2024 del 31 de mayo de 2024, se aplicará ahora del 1 de diciembre de 2025 al 31 de diciembre de 2026.
Introducida en agosto de 2022 para impulsar la recuperación tras la pandemia, la excepción relativa a la validez mínima de los pasaportes ya había sido ampliada en varias ocasiones.
¿Qué países se benefician de esta facilidad de entrada en la República Dominicana?

La medida está dirigida a los ciudadanos de la Unión Europea, el Reino Unido, Estados Unidos, Canadá, Brasil, Chile, Argentina, Colombia y Ecuador que viajen exclusivamente por motivos turísticos.
También se aplica a extranjeros de otras nacionalidades siempre que dispongan de documentos que les permitan entrar libremente en alguno de los países mencionados.
De forma excepcional, los pasaportes de los viajeros elegibles deberán estar en vigor únicamente durante su estancia y hasta su salida del país.
La normativa tradicional, que exige al menos seis meses de vigencia residual, se mantiene para el resto de nacionalidades.
En su comunicado, la DGM explica que su objetivo es “eliminar barreras y asegurar un proceso de entrada más ágil para los visitantes de mercados emisores clave”.
Esta medida se enmarca en “el compromiso del Gobierno dominicano con la promoción del turismo internacional y la simplificación de los procesos migratorios”, con el objetivo de mantener la competitividad del país frente a otros destinos de la región.
Trámites y requisitos que se mantienen para viajar a la República Dominicana
Pese a este alivio, varias obligaciones siguen sin cambios:
- Todos los viajeros deben contar con un pasaporte en vigor (o válido al menos 6 meses), con billete de entrada y salida y, si procede, con visado según su nacionalidad.
- Los visitantes (excepto pasajeros que lleguen en vuelos privados, buques no comerciales, transbordadores o cruceros) deben completar antes de su llegada el formulario electrónico “e-Ticket” en el portal eticket.migracion.gob.do, que genera un código QR que se debe presentar a la entrada y a la salida del país.
- La duración máxima de una estancia sin visado se mantiene, por lo general, en 30 días, con posibilidad de prórroga hasta 120 días autorizada en destino.




