Desde este fin de semana, numerosos medios de comunicación afirman que habrían entrado en vigor “este lunes” nuevos requisitos para viajar a Estados Unidos, en el marco del procedimiento de solicitud del ESTA, el sistema electrónico de autorización de viaje para ciudadanos de 42 países, entre ellos los Estados europeos, exentos de visado estadounidense.
El origen de estas informaciones serían supuestas nuevas exigencias consideradas ahora obligatorias para obtener el ESTA, que irían desde la aportación de identificadores o historiales de redes sociales de varios años hasta datos familiares más detallados.
Reproducidos de un sitio web a otro, a veces con titulares alarmistas, estos artículos han generado rápidamente confusión y preocupación entre los viajeros, algunos de los cuales han llegado a pensar que negarse a facilitar estos datos podría acarrear a partir de ahora una denegación de la autorización de viaje.
Sin embargo, aunque los cambios mencionados sí se basan en un documento oficial publicado en diciembre pasado por la administración estadounidense, presentarlos como de aplicación inmediata se debe a una lectura incorrecta de dicho texto.
Lo que dice realmente el texto oficial: una consulta, no una decisión
El documento en cuestión, publicado en el Federal Register el 10 de diciembre de 2025, no es ni un decreto ni una “norma final” de aplicación automática.
Se trata de un “60-Day notice and request for comments”, es decir, un aviso de consulta pública en el marco de la Paperwork Reduction Act, el procedimiento estadounidense que regula la recopilación de información por parte de la administración.
En otras palabras, la agencia implicada (en este caso, el CBP, U.S. Customs and Border Protection) expone qué datos se plantea solicitar, justifica dicha recopilación e invita al público, ciudadanos, empresas, asociaciones, juristas, etc., a formular observaciones antes de adoptar una decisión.
La fecha del 9 de febrero de 2026 corresponde al cierre del periodo de comentarios, no a una fecha de entrada en vigor.
El camino que queda antes de una posible aplicación
Tras una “60-day notice”, no se produce automáticamente ningún “cambio” al día siguiente.
El proceso habitual es el siguiente:
1) Análisis de los comentarios y posibles ajustes
El CBP puede modificar, reducir, aclarar o incluso abandonar algunos de los campos propuestos en función de las observaciones recibidas (carga administrativa, viabilidad técnica, respeto de la privacidad, utilidad demostrada para la seguridad, etc.).
2) Presentación del expediente a la OMB y nuevo aviso de 30 días
Si la agencia decide continuar, presenta la propuesta de recopilación de datos a la OMB (Office of Management and Budget) para su examen y publica generalmente un aviso de 30 días indicando que el expediente está ahora en manos de la OMB. Los comentarios posteriores se dirigen entonces directamente a este organismo.
3) Decisión de la OMB: aprobación, solicitud de cambios… o rechazo
La OMB puede aprobar la propuesta, devolverla para modificaciones o rechazarla. Sin aprobación (o sin la cobertura válida del número de control de la OMB correspondiente), la administración no puede imponer legalmente la nueva recopilación de datos al público.
4) Implementación operativa (si se aprueba)
Solo tras completar estas etapas el CBP puede aplicar los cambios de forma concreta (formularios, portal, aplicación, procedimientos). Y si parte de las modificaciones va más allá de una simple “recopilación de información” y afecta a obligaciones sustantivas, puede ser necesaria otra tramitación adicional (norma propuesta y posteriormente norma final), lo que alarga aún más los plazos.
Por qué el WTTC y la GBTA han dado la voz de alarma
Es precisamente esta perspectiva, aunque todavía hipotética, la que ha provocado la reacción del sector turístico.
El WTTC (World Travel & Tourism Council), que representa a los grandes actores mundiales del turismo, y la GBTA (Global Business Travel Association), la principal organización internacional de viajes de negocios, han expresado su preocupación por los posibles efectos de estas propuestas sobre el atractivo de Estados Unidos y la fluidez de los desplazamientos internacionales.
El WTTC ha advertido recientemente del impacto de estas posibles medidas, consideradas demasiado intrusivas: percepción de un país “menos acogedor”, descenso de las llegadas y del gasto turístico, con posibles consecuencias sobre el empleo.
Por su parte, la GBTA ha presentado comentarios formales solicitando un enfoque “equilibrado”: limitar los datos exigidos a lo estrictamente justificado, prestar atención al cumplimiento de las normas internacionales de protección de datos y actuar con cautela ante el riesgo de desalentar los viajes de negocios a Estados Unidos.
A día de hoy, la declaración de redes sociales en el marco de una solicitud de ESTA sigue siendo opcional, y ninguna de las modificaciones mencionadas en los últimos días ha entrado en vigor jurídicamente: se trata aún de propuestas en estudio, susceptibles de evolucionar, ser modificadas o no aplicarse nunca.

